2. En las visitas a los centros de trabajo para la comprobación del cumplimiento de la reglamento sobre prevención de riesgos laborales, el Inspector de Trabajo y Seguridad Social comunicará su presencia al patrón o a su representante o a la persona inspeccionada, al Comité de Seguridad y Salud, al https://zacki147xch6.actoblog.com/profile